Hubo cambios en el padrón electoral de la provincia de Buenos Aires: cómo consultar dónde voto

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Consultá el padrón electoral 2025 en provincia de Buenos Aires

El trámite es simple, gratuito y se realiza a través del sitio oficial dispuesto por la Justicia Electoral. Se debe completar los siguientes datos personales:

Una vez ingresados estos datos, el sistema indicará:

Importante: Si no figurás en el padrón, no podrás votar. Por eso, se recomienda realizar la consulta con anticipación. Consultar el padrón electoral aquí.

Elecciones boletas 2

Las elecciones legislativas de la provincia de Buenos Aires se realizarán el próximo domingo 7 de septiembre.

LC

Por qué se realizaron cambios en el padrón electoral de la provincia de Buenos Aires 2025

Las modificaciones en el padrón electoral derivaron en la apertura de un expediente judicial actualmente en trámite en la Justicia Federal con competencia electoral. El 31 de julio, el gobernador Axel Kicillof envió un oficio al Juzgado Federal Nº 1 de La Plata, encabezado por Alejo Ramos Padilla, en el que expresó su inquietud por las “modificaciones sustanciales en la asignación de los electores a cada establecimiento” y alertó sobre su posible incidencia en el ausentismo.

Desde la Secretaría Electoral del juzgado se elaboró un informe en el que se descartó cualquier vínculo entre el reordenamiento de mesas y una eventual merma en la participación de los votantes. El documento remarcó, además, que los cambios fueron comunicados al electorado dentro de los plazos legales establecidos.

En esa misma línea, se señaló: “Para esta elección debieron desafectarse cierta cantidad de locales de comicios, ya sea por sus condiciones de infraestructura, o por haberse clausurado, o encontrarse en obra, o por haber cerrado sus puertas, o haberse mudado a otro circuito electoral, entre muchas otras razones”.

Nuevas mesas y locales desafectados

El juzgado también explicó al gobernador que no era posible replicar el esquema aplicado en 2023, dado que en esta oportunidad “tuvieron que ser incorporadas 714 nuevas mesas de votación debido al notable crecimiento del padrón electoral de la provincia, además de que resultó necesario desafectar 151 locales por ya no encontrarse aptos para funcionar como establecimientos de votación”.

Quiénes pueden votar en las elecciones en la Provincia de Buenos Aires 2025

En las elecciones legislativas, el derecho al voto alcanza tanto a ciudadanos argentinos como a extranjeros residentes, siempre que cumplan los requisitos establecidos por el Código Electoral de la provincia.

De esta forma, pueden ejercer el sufragio los ciudadanos argentinos a partir de los 16 años y con residencia permanente en el distrito que le corresponda. Deben tener domicilio en CABA y no estar inhabilitados. Los ciudadanos naturalizados pueden votar a partir de los 18 años.

Los ciudadanos extranjeros también pueden votar a partir de los 16 años y deben poseer residencia permanente. No obstante, deben tener DNI extranjero con domicilio en CABA, figurar en el padrón y no estar inhabilitados.

En cuanto a las personas privadas de la libertad, también están habilitadas para votar, siempre y cuando figuren en el padrón y tengan domicilio en CABA.

Quiénes están exentos de votar en las elecciones Buenos Aires 2025

El voto no es obligatorio para ciertos grupos. Están exentos de la obligación de sufragar:

  • Jueces y auxiliares judiciales con funciones durante la jornada electoral.

  • Ciudadanos mayores de 70 años, cuyo voto es optativo.

  • Personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.

  • Quienes estén enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor.

  • Trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir por sus tareas, siempre que el empleador lo informe con al menos 10 días de anticipación.

Qué pasa si no voto

El voto es una obligación cívica para todos los electores habilitados. La ausencia injustificada puede derivar en multas económicas y otras sanciones, que varían según la situación del votante.

Las multas pueden variar entre $1.000 y $2.000, según la cantidad de infracciones previas registradas en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral. Asimismo, puede solicitarse un trabajo comunitario por un máximo de tres días, si así lo dispone la autoridad correspondiente.

Además, hay una doble sanción para quienes hayan sido designados autoridades de mesa y no se presenten a cumplir su función.

Causas válidas para justificar la ausencia

  • Distancia mayor a 500 kilómetros del lugar de votación: se debe presentar una constancia emitida por una comisaría u organismo oficial.

  • Problemas de salud o fuerza mayor: es necesario presentar un certificado médico válido.

  • Tareas esenciales durante el día electoral: el empleador debe notificar al Tribunal Electoral con un mínimo de 72 horas de anticipación.

  • Actuar como fiscal o personal electoral en otra mesa: se debe contar con una acreditación formal.

La justificación debe subirse antes del cierre de los comicios en la plataforma oficial: https://infractores.padron.gov.ar. Si no se carga la documentación a tiempo, el sistema registrará al votante como infractor y se iniciará el proceso de sanción.

Cuáles son los documentos habilitantes para votar

  • DNI tarjeta, incluso si contiene la leyenda “no válido para votar”
  • DNI libreta celeste o libreta verde
  • Libreta cívica
  • Libreta de enrolamiento

Oficialmente, se recomienda asistir a la mesa de votación con el mismo documento que figura en el padrón, o con uno más actualizado, pero nunca con uno anterior. El DNI debe presentarse en su versión física (tarjeta) y no en su versión digital.

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