La magistrada Daniela Pino explicó los criterios legales, el rol del equipo interdisciplinario y las condiciones evaluadas para habilitar la modificación excepcional de identidad registral en Rawson.
La jueza de Chubut, Daniela Pino, brindó precisiones sobre el fallo que autorizó por segunda vez el cambio de identidad registral de una persona en Rawson, una decisión enmarcada dentro de la Ley de Identidad de Género. La magistrada explicó los fundamentos legales y los criterios técnicos considerados para resolver el caso.
Según indicó, el proceso judicial se activó debido a que la normativa establece que los cambios posteriores al primero requieren autorización de la Justicia.
Marco legal del segundo cambio
La jueza explicó que la Ley de Identidad de Género contempla un procedimiento administrativo para el primer cambio registral, mientras que las modificaciones posteriores deben ser evaluadas por la Justicia. “El fundamento legal está dado por la ley de identidad de género que establece que el primer cambio de género es de carácter administrativo y luego, si hay un segundo cambio, tiene que solicitar autorización judicial”, señaló Pino en declaraciones al programa Ahora en Comodoro de ADNSUR. En ese sentido, precisó que el expediente judicial busca determinar si existen condiciones objetivas que justifiquen la modificación, con especial atención a la certeza de la persona solicitante.
Evaluación interdisciplinaria y certeza
Uno de los ejes centrales del fallo fue la intervención de un equipo técnico interdisciplinario integrado por psicólogas y trabajadoras sociales, que evaluó el proceso personal de la solicitante. “Le dimos intervención a nuestro equipo técnico interdisciplinario, llegaron a la conclusión de que la persona estaba segura y no tenía dudas”, explicó la magistrada. Según detalló, el análisis incluyó la revisión de un proceso de introspección prolongado, en el que la persona habría atravesado distintas etapas hasta confirmar su decisión de revertir el cambio registral.
Alcances y límites del sistema legal
Pino también señaló que la normativa no prohíbe expresamente los cambios posteriores, aunque remarcó que deben ser analizados con especial rigor para evitar modificaciones reiteradas sin fundamentos sólidos. “Lo veo difícil (hacer múltiples cambios) luego del proceso judicial en el que se hace un estudio de la situación actual de la persona”, sostuvo. En ese marco, destacó que el objetivo del procedimiento judicial es garantizar seguridad jurídica y certeza en las decisiones vinculadas a la identidad registral.
Identidad, acompañamiento y criterios médicos
La magistrada remarcó que los casos de identidad de género requieren un abordaje interdisciplinario y acompañamiento profesional para asegurar que las decisiones sean conscientes y estables en el tiempo. “La identidad de género es un derecho personalísimo que hace a la persona y a su relación con lo jurídico y social”, afirmó. Además, subrayó la importancia del acompañamiento familiar y del análisis profesional, especialmente cuando existen decisiones vinculadas a cambios corporales o tratamientos médicos.
