La Corte Suprema de Justicia de Tucumán anuló las condenas contra Franco Trapani y Álvaro Rodríguez, quienes habían recibido penas de 10 y 8 años de prisión por abusar de una adolescente en 2016 en Tafí Viejo. La víctima anunció que recurrirá a la Corte Suprema de la Nación.
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán absolvió el 6 de julio a Franco Trapani y Álvaro Rodríguez, quienes habían sido condenados en octubre de 2025 a 10 y 8 años de prisión por abusar sexualmente de Carolina Monteros, una adolescente de 16 años al momento de los hechos ocurridos en 2016 en la localidad de Tafí Viejo. El fallo, firmado por los jueces Daniel Leiva, Antonio Estofán y Daniel Posse, revocó la sentencia condenatoria y absolvió a los imputados «por el beneficio de la duda», según informó Infobae.
La resolución judicial generó controversia en la provincia y reavivó el debate sobre cómo el Poder Judicial investiga y juzga los delitos sexuales, en particular sobre el alcance de la perspectiva de género en la valoración de la prueba. El abogado de Monteros, Carlos Garmendia, confirmó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar revertir el fallo.
Los hechos de 2016 y el proceso judicial
La historia comenzó el 3 de julio de 2016, cerca de las 6 de la mañana, cuando Carolina Monteros, entonces de 16 años, salió del boliche Lancaster de Tafí Viejo junto a Franco Trapani. Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, la propuesta era ir a un bar a tomar algo, pero durante el trayecto Trapani llamó a Álvaro Rodríguez, quien se sumó al vehículo. En lugar de dirigirse al bar, los tres fueron hasta la casa de los padres de Trapani, donde llegaron alrededor de las 6:55.
Una vez dentro, según la denuncia, los dos hombres empujaron a Monteros sobre una cama matrimonial y la sometieron sexualmente de manera alternada durante cerca de tres horas. La víctima declaró que logró apartarlos mientras lloraba y que, pese a su resistencia, ambos continuaron. Cerca de las 9:55, los tres abandonaron la vivienda. Tres días después, Monteros realizó la denuncia formal.
La investigación se extendió durante años hasta llegar a juicio oral, que se celebró entre el 1° y el 30 de octubre de 2025. Tras nueve audiencias, el juez Antonio Nicolás Gutiérrez condenó a Trapani a 10 años de prisión y a Rodríguez a 8 años como coautores de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos personas. La sentencia significó para Monteros el cierre de una espera de casi una década.
Los argumentos de la absolución
Sin embargo, la defensa de los acusados recurrió el fallo y el expediente llegó a la Corte Suprema de Tucumán, que decidió absolverlos. Según consignó Infobae, la Corte no afirmó que el abuso no hubiera ocurrido ni sostuvo que Monteros hubiera mentido, sino que consideró que la sentencia condenatoria «no explicó de manera suficiente» por qué las pruebas reunidas permitían alcanzar la certeza necesaria para declarar culpables a los imputados.
Para los magistrados, el juez del debate convirtió el testimonio de Monteros en el «eje rector» de la reconstrucción de los hechos y otorgó al resto de las evidencias un valor corroborativo sin realizar, según sostuvieron, «un verdadero trabajo intelectual de contraste crítico». La Corte también señaló deficiencias en la investigación, como la pérdida de registros telefónicos y audiovisuales que impidieron despejar dudas sobre la existencia o no de consentimiento.
Uno de los aspectos que mayor repercusión generó fue el apartado dedicado a la perspectiva de género. Los jueces reconocieron que los abusos sexuales suelen ocurrir sin testigos y que el testimonio de la víctima puede tener «valor probatorio determinante», pero marcaron un límite: «Una cosa es valorar este tipo de hechos con perspectiva de género (…) y otra cosa diferente es pretender que baste para condenar el mero relato de la víctima».
La respuesta de la víctima y el recurso ante la Corte nacional
Carolina Monteros, que hoy tiene 29 años, expresó su dolor tras conocer la decisión: «Ha sido muy feo tener que recibir esa noticia. Fue muy shockeante, muy triste, una herida muy grande, y no solo para mí, sino para toda la sociedad, para todas las mujeres y para todas las familias de las víctimas», declaró. Y pidió: «Hay que seguir alzando la voz. Sigan denunciando, que estas situaciones no nos hagan dar marcha atrás».
Su abogado, Carlos Garmendia, anunció que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. «La resolución tiene fallas técnicas y genera un precedente muy grave», sostuvo. «De alguna manera cuestiona al magistrado que dictó sentencia por haber aplicado la perspectiva de género. Creyó en la palabra de la víctima y contempló las pruebas que había en el expediente», afirmó Garmendia, según Infobae.
La resolución también dejó sin efecto la reparación civil fijada en la condena al declarar prescripta esa acción. La Corte entendió que las falencias detectadas durante la investigación ya no podían ser subsanadas, por lo que descartó la realización de un nuevo juicio y absolvió directamente a los acusados.
Nota en base a Infobae, con asistencia de IA y editada por un redactor de ADNSUR.
