El máximo tribunal nacional declaró inadmisible el recurso de la defensa, dejando firme la sentencia de dos años y seis meses de prisión condicional contra el médico Manuel Ángel Flores Delgado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra el médico cirujano Manuel Ángel Flores Delgado, acusado de abuso sexual contra una paciente en la provincia de Chubut. El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa, lo que agotó las instancias de revisión y confirmó la sentencia dictada por la justicia provincial.
El hecho ocurrió el 13 de octubre de 2021 en la ciudad de Sarmiento. Según la investigación judicial, la víctima contactó al profesional debido a un cuadro de dolor, ya que lo conocía de haber trabajado en su clínica años atrás. El médico la citó en su consultorio durante la tarde, en un momento en que el lugar se encontraba cerrado al público.
De acuerdo con lo reconstruido en el juicio, el profesional le indicó que se recostara en una camilla para realizarle una ecografía. Tras un primer examen, le informó que presentaba un quiste ovárico. Luego, al continuar con la práctica médica, el acusado aprovechó la situación para avanzar sobre la paciente sin su consentimiento. La mujer logró apartarse y retirarse del consultorio, realizando posteriormente la denuncia penal.
La investigación derivó en un juicio por jurados, donde el jurado popular lo declaró no culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal, pero sí lo encontró responsable de abuso sexual simple. El fallo condenatorio fue dictado el 29 de septiembre de 2023 por el juez penal Gustavo Daniel Castro, quien impuso una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional.
La sentencia incluyó además reglas de conducta, como la fijación de domicilio, la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial, la prohibición de contacto con la víctima y la realización de un tratamiento psicológico.
Durante el proceso, la Fiscalía había solicitado una condena mayor y la inhabilitación para ejercer la medicina, al considerar que el hecho se produjo en el marco de una relación de confianza y asimetría entre médico y paciente. Sin embargo, el magistrado rechazó ese planteo al considerar que no había sido incluido en la acusación inicial.
La defensa intentó en distintas instancias revertir la condena, cuestionando tanto el monto de la pena como la validez de las resoluciones judiciales. También planteó la posibilidad de acceder a una suspensión de juicio a prueba, pedido que fue rechazado por haber sido presentado fuera de término.
Con la decisión de la Corte Suprema, la condena quedó firme y se agotaron las vías de apelación disponibles en el sistema judicial argentino, ratificando la responsabilidad penal del profesional.
