La Cámara Provincial de Apelaciones del Interior fijó una indemnización de $30.416.673,02 más intereses a favor de un médico que sufrió neumonía bilateral y secuelas permanentes tras contagiarse de coronavirus en 2021. El fallo, dictado el 25 de junio de 2026, reduce el monto establecido en primera instancia y reconoce una incapacidad laboral total del 31,08%.
La Cámara Provincial de Apelaciones del Interior, con sede en Cutral Có, fijó una indemnización de $30.416.673,02 más intereses a cargo de Galeno ART, a favor de un médico que prestaba servicios en hospitales públicos de Cutral Có y Plaza Huincul, dependientes del Ministerio de Salud de Neuquén.
El profesional contrajo Covid-19 en enero de 2021 mientras cumplía funciones en el sistema público de salud. Desarrolló una neumonía bilateral con insuficiencia respiratoria aguda, permaneció 48 días en terapia intensiva y requirió asistencia respiratoria mecánica, intubación y traqueostomía.
Como consecuencia de la enfermedad, el médico presenta secuelas respiratorias y cicatrices con retracción en una de las comisuras de los labios.
Cálculo de la indemnización
La Cámara confirmó una incapacidad física del 28% y estableció una incapacidad laboral total del 31,08%, al incorporar factores de ponderación. Para determinar el monto, los jueces tomaron como referencia un ingreso mensual de $1.160.459,69.
La prestación calculada fue de $25.347.227,51, a la que se sumaron $5.069.445,50 correspondientes al adicional del 20% previsto por la Ley 26.773.
En noviembre de 2025, la sentencia de primera instancia había fijado una reparación de $38.887.828,38. Tanto el médico como Galeno ART apelaron la decisión, lo que llevó a revisar distintos puntos del expediente.
Incapacidad psicológica y disidencia
Uno de los aspectos centrales fue la incapacidad psicológica del 10% que se había reconocido inicialmente. Por mayoría, los jueces Juan Manuel Menestrina y Manuel Castañón López consideraron que la pericia no contaba con suficientes fundamentos técnicos para acreditar ese porcentaje y su relación con la enfermedad.
En disidencia, la jueza Nancy Noemí Vielma sostuvo que la gravedad del cuadro, la internación prolongada y los procedimientos médicos a los que fue sometido el profesional justificaban mantener el reconocimiento de las secuelas psicológicas.
La Cámara también modificó los criterios para calcular los intereses, que deberán sumarse al capital indemnizatorio hasta que se concrete el pago. La resolución fue dictada el 25 de junio de 2026 y mantuvo el reconocimiento de la incapacidad física permanente.
Con información de LMN, editada y redactada por un periodista de ADNSUR.
