Un joven de Viedma obtuvo autorización judicial para cambiar su nombre y sumar el apellido materno

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El fuero de Familia de Viedma autorizó la modificación registral tras comprobar que la identidad formal afectaba la personalidad del joven. La decisión se basó en el rechazo sostenido y en las burlas que sufría por su nombre original.

El fuero de Familia de Viedma autorizó la modificación registral del prenombre de un adolescente y la incorporación del apellido materno en todos sus documentos oficiales. La decisión se tomó tras comprobar que la identidad formal afectaba la personalidad del joven.

Según consta en el expediente judicial, el joven manifestó un profundo rechazo hacia su nombre original debido a su significado histórico y religioso, que consideraba ajeno a su forma de ser. El nombre era motivo constante de burlas en su entorno y le provocaba dificultades concretas en distintos ámbitos de su vida, al punto de postergar trámites personales para evitar usarlo.

El adolescente adoptó la identidad que sus padres habían pensado para él durante el embarazo y comenzó a utilizarla de manera cotidiana en sus redes sociales y vínculos cercanos.

La jueza a cargo del caso evaluó el nombre como un derecho personalísimo. El fallo determinó que la identidad humana tiene una dimensión estática y otra dinámica, conformada por características morales y culturales que mutan con el tiempo. El Código Civil y Comercial establece la estabilidad registral como regla general, pero también permite habilitar modificaciones cuando existen justos motivos que dañan la personalidad del individuo.

Las pruebas presentadas confirmaron que el rechazo al nombre original era genuino y sostenido en el tiempo. Los informes escolares demostraron que desde el año 2022 el alumno exigía ser llamado por su nombre elegido y que ese cambio mejoró su confianza y su integración social en las aulas.

Con el respaldo de pericias psicológicas que descartaron influencia externa o decisión transitoria, la Justicia priorizó el bienestar del adolescente. La magistrada concluyó que mantener el nombre anterior producía consecuencias adversas en su vida diaria y ordenó adecuar su partida de nacimiento de forma inmediata.

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