Acusaron a un hombre por golpear a su expareja en Cutral Có y le impusieron una restricción de 200 metros

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El imputado fue acusado de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. Quedó en libertad, pero no podrá acercarse ni contactar a la mujer por ningún medio.

Un hombre, identificado como M.V., fue acusado por la Fiscalía de golpear a su expareja durante una discusión ocurrida en Cutral Có y quedó sujeto a una serie de medidas de protección y restricción.

La formulación de cargos fue realizada por el asistente letrado Nicolás Mellado, quien encuadró provisoriamente el hecho como lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en carácter de autor. Según la acusación, el hombre y la víctima mantuvieron una relación de pareja y tienen una hija de dos años. La relación había terminado aproximadamente un año antes debido a situaciones de violencia que, según la Fiscalía, había atravesado la mujer.

El hecho investigado

La agresión ocurrió el 14 de agosto, alrededor de las 20:30, cuando M.V. se presentó en el domicilio de su expareja con la intención de ver a la niña. Durante el encuentro, el hombre habría revisado el teléfono celular de la mujer, situación que derivó en una discusión y distintos insultos. De acuerdo con la acusación, posteriormente le dio una cachetada en el rostro, provocándole lesiones que fueron consideradas leves. La certificación médica incorporada a la investigación constató edema en el pómulo izquierdo y en la región nasal media.

La Fiscalía también señaló que durante los días previos al episodio la mujer habría sido objeto de hostigamiento y amenazas, por lo que consideró que existía un riesgo para su integridad y solicitó medidas de protección.

Medidas de restricción

El juez de Garantías Ignacio Pombo tuvo por formulados los cargos y estableció un plazo de dos meses para avanzar con la investigación penal preparatoria. Pombo dispuso además la libertad de M.V., aunque le impuso restricciones específicas: no podrá acercarse a menos de 200 metros del domicilio de la víctima ni del comercio donde trabaja, y tendrá prohibido establecer cualquier tipo de contacto con ella, ya sea personalmente o mediante llamadas, mensajes, WhatsApp, redes sociales u otros medios.

Además, deberá abstenerse de realizar cualquier acto de agresión, intimidación, perturbación o violencia hacia la mujer. El incumplimiento de las restricciones podría derivar en la aplicación de medidas de coerción más severas, incluida la prisión preventiva.

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