El Superior Tribunal de Justicia de Chubut declaró la nulidad de la sentencia que había destituido a la jueza penal de Comodoro Rivadavia, Mariel Suárez, y ordenó su inmediata restitución.
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut declaró la nulidad de la sentencia dictada por el Tribunal de Enjuiciamiento en noviembre de 2023 que había dispuesto la destitución de la jueza penal de Comodoro Rivadavia, Mariel Suárez. La decisión fue unánime y lleva la firma de los ministros Javier Raidan y Andrés Giacomone, y de los jueces de Cámara subrogantes Carina Estefanía, Diego Trad y Adrián Barrios.
El efecto de esta resolución implica la restitución inmediata de Suárez en su cargo. La jueza había sido denunciada en enero de 2023 por el entonces senador Ignacio Torres y el entonces intendente de Comodoro Rivadavia, Juan Pablo Luque, tras la difusión pública de una grabación interna del Instituto Penitenciario Provincial en la que se la veía visitando a un condenado y manteniendo contacto físico.
La denuncia avanzó en el Consejo de la Magistratura, que analizó un sumario elaborado por el entonces ministro del STJ, Daniel Báez. Báez posteriormente presidió el Tribunal de Enjuiciamiento que sometió a Suárez a jury, y su voto fue el quinto y decisivo para la destitución, con una votación de 3 a 2. En ese tribunal, la diputada Mariela Williams y el abogado Miguel Barletta votaron por la destitución, mientras que la diputada Mónica Saso y la abogada María Florencia Góngora votaron en contra.
El fallo del STJ se fundó en la vulneración de la garantía de imparcialidad. Se consideró que Daniel Báez había intervenido previamente en distintas instancias del proceso, realizando valoraciones sobre el mérito de las conductas atribuidas a la magistrada y efectuando manifestaciones públicas que evidenciaban una toma de posición, lo que comprometió la apariencia de objetividad exigible a quien debía juzgar.
La sentencia señaló que la magistrada había recusado al presidente del Tribunal de Enjuiciamiento al inicio del proceso, una vez admitida la denuncia por el Consejo de la Magistratura. Sin embargo, el planteo fue rechazado por el propio recusado y por el resto de los integrantes del tribunal. La resolución del STJ indicó que una adecuada valoración de aquel planteo en la etapa inicial habría evitado la nulidad declarada y las consecuencias institucionales derivadas de la invalidez de todo el proceso.
El STJ aclaró que la nulidad declarada no implica un pronunciamiento sobre la responsabilidad o inocencia de la magistrada, sino la constatación de que el proceso debe desarrollarse con estricto respeto de las garantías constitucionales. La sentencia no es recurrible y ordena la restitución inmediata de Suárez. Respecto al reclamo patrimonial, el fallo señaló que excede sus alcances y deberá continuar por las vías correspondientes.
