La oposición solicitó una sesión en Diputados para derogar el DNU 70/23 y restituir la Ley de Tierras

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Bloques opositores pidieron una sesión especial para el 15 de octubre con el fin de debatir la derogación del DNU 70/23 y otros dos proyectos. La sesión requiere la presencia de 129 diputados para alcanzar el quórum.

Bloques de la oposición solicitaron una sesión especial en la Cámara de Diputados para el 15 de octubre con el objetivo de debatir, entre otros temas, la derogación del DNU 70/23, una iniciativa que apunta a restituir el régimen establecido por la Ley de Tierras.

El pedido fue presentado por legisladores de Unión por la Patria, la izquierda, Encuentro Federal, Coalición Cívica y Provincias Unidas. La agenda también contempla la prórroga de la ley de discapacidad y un proyecto relacionado con el endeudamiento familiar.

Para que la sesión pueda comenzar, los bloques deberán reunir 129 diputados presentes en el recinto, número necesario para alcanzar el quórum.

Qué pasa con la Ley de Tierras

La discusión sobre tierras rurales está vinculada en este caso con el DNU 70/23. Según el planteo de los bloques que solicitaron la sesión, la derogación del decreto permitiría restituir la Ley de Tierras, que establece restricciones para la adquisición de determinadas tierras por parte de extranjeros.

Por ahora, ese régimen no fue restituido por esta iniciativa. Lo que existe es un pedido para que la Cámara trate la derogación del decreto y, eventualmente, avance sobre las consecuencias que tendría esa decisión.

Por eso, el debate que se busca abrir en Diputados no implica que la Ley de Tierras haya vuelto a estar vigente, sino que plantea discutir el instrumento que modificó el régimen anterior.

Los otros temas

La agenda propuesta para la sesión especial incluye, además, la prórroga de la ley de discapacidad y un proyecto referido al endeudamiento familiar.

Los tres temas fueron incorporados al pedido presentado por los distintos bloques opositores, que ahora deberán conseguir el acompañamiento de otros sectores de la Cámara para garantizar la presencia necesaria.

El principal obstáculo es el quórum. Los bloques que no firmaron originalmente la convocatoria serán determinantes para definir si finalmente se reúnen los 129 diputados requeridos.

La clave del debate

La sesión fue solicitada para el 15 de octubre, pero su realización todavía depende de que la oposición y los demás bloques que decidan acompañarla logren reunir el número necesario de legisladores.

De esta manera, la discusión sobre la Ley de Tierras vuelve a quedar planteada en el Congreso, aunque su tratamiento efectivo dependerá primero de que Diputados consiga abrir la sesión.

La aclaración que hizo la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación aclaró el alcance de su reciente fallo en la causa “Cecim c. el Gobierno Nacional” y señaló que la decisión no definió si el régimen de protección de las tierras rurales es constitucional o inconstitucional.

El pronunciamiento estuvo relacionado con el artículo 154 del DNU 70/2023 y con la Ley 26.737, que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales.

Qué resolvió la Corte

La Corte explicó que su intervención en el expediente estuvo limitada a una cuestión procesal vinculada con una medida cautelar solicitada por una asociación.

El propio tribunal lo resumió de manera expresa: “solo se decidió un aspecto procesal”. En ese marco, la Corte sostuvo que su resolución “se ajusta estrictamente a todos los precedentes” y aclaró que el fallo no afecta otras medidas cautelares vinculadas con el mismo tema que se encuentren bajo análisis en otros tribunales.

Por lo tanto, la decisión no implica que hayan quedado anuladas todas las medidas cautelares relacionadas con el régimen de tierras ni que otros jueces estén impedidos de analizar pedidos similares.

La discusión de fondo sigue pendiente

La aclaración también alcanza a quienes pretendan cuestionar judicialmente el régimen vigente. La Corte señaló que una persona que considere que las normas son inconstitucionales puede solicitar una medida cautelar y que será el juez competente quien deberá evaluar si corresponde concederla.

En ese sentido, el tribunal afirmó: “tampoco impide que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras solicite una medida cautelar”.

La cuestión central, sin embargo, todavía no fue resuelta por la Corte. El tribunal aclaró que la controversia sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 y la Ley 26.737 “no fue resuelta en este expediente”.

Eso significa que el máximo tribunal todavía no estableció si el régimen de protección de tierras rurales resulta constitucional o no. La Corte indicó que se pronunciará sobre esa discusión cuando los reclamos correspondientes lleguen a su jurisdicción.

Con información de Noticias Argentinas (NA), redactada y editada por un periodista de ADNSUR

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