Una jueza de Paz de Lamarque ordenó una prohibición de acercamiento y contacto digital por 60 días contra un hombre que acosaba diariamente a una mujer en la vía pública, en el marco del Código Contravencional de Río Negro.
Una jueza de Paz de Lamarque dictó una medida cautelar que prohíbe a un hombre acercarse a una mujer y contactarla por cualquier medio durante 60 días, tras comprobar que el sujeto la acosaba diariamente en la calle con expresiones de connotación sexual. El caso se tramitó bajo el artículo 44 del Código Contravencional de Río Negro.
Según informaron fuentes judiciales, la víctima, vecina del Valle Medio rionegrino, denunció que cada vez que transitaba por su localidad se enfrentaba a conductas y expresiones de connotación sexual por parte del agresor, lo que alteraba su rutina diaria y condicionaba su libertad de circulación. La denuncia fue radicada en la Comisaría 17 de Lamarque y derivada al Juzgado de Paz local.
En la audiencia, el denunciado no presentó pruebas que desvirtuaran los hechos y asumió voluntariamente el compromiso de evitar cualquier encuentro con la víctima. La jueza enmarcó la resolución en una perspectiva de género, citando la Convención de Belém do Pará, la Ley Nacional 26.485 y la Acordada 6 del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
La medida incluye la prohibición de acercamiento al domicilio de la denunciante y a los lugares que frecuenta, así como cualquier comunicación presencial, telefónica o digital. El expediente quedó abierto a una posible prórroga si persisten las circunstancias que motivaron el fallo. Las autoridades advirtieron que el incumplimiento de la restricción habilitará la intervención del Ministerio Público Fiscal por un delito penal, y la víctima fue instruida para reportar eventuales incumplimientos al 911 o en la comisaría más cercana.
