Jonathan Danilo Huenuil recibió una pena de tres años de prisión efectiva y deberá pagar cinco millones de pesos en concepto de indemnización tras un juicio abreviado en la Oficina Judicial de Trelew.
El juez Gustavo Castro homologó un juicio abreviado y condenó a Jonathan Danilo Huenuil a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por una serie de hechos de violencia de género que culminaron con el incendio intencional de la vivienda de su pareja. La resolución fue dictada en el marco del artículo 355 del Código Procesal Penal, luego de que el imputado reconociera los hechos y aceptara el acuerdo alcanzado entre las partes. En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la abogada de Fiscalía María Samaniego, bajo la supervisión del fiscal general Lucas Koltsch.
Según la acusación fiscal, los hechos comenzaron durante la madrugada del 25 de diciembre de 2025, cerca de las 6 de la mañana, cuando el acusado asistió junto a su pareja a una reunión por los festejos de Navidad en la casa de otra persona. En ese contexto, comenzó a manifestar escenas de celos y a exigirle a la mujer que abandonara el lugar. Ante la negativa de la víctima, el hombre se retiró y se dirigió hasta la vivienda de ella, donde ingresó por una ventana y provocó importantes destrozos en el interior, rompiendo diversos elementos antes de escapar. Una vecina observó lo sucedido y dio aviso de lo ocurrido.
Esa misma tarde el agresor comenzó a enviar mensajes de audio con amenazas de muerte y advirtiendo que prendería fuego la vivienda. La víctima decidió bloquear su número para evitar nuevos contactos. Sin embargo, alrededor de las 21 horas volvió a comunicarse desde otra línea telefónica. En esa oportunidad reiteró las amenazas, profirió insultos y volvió a asegurar que incendiaría la casa. Horas más tarde, cerca de las 22:40, cumplió con lo anunciado. Se dirigió al domicilio de la mujer y provocó un incendio utilizando un elemento que no pudo ser determinado durante la investigación. El fuego se propagó rápidamente por toda la vivienda y ocasionó pérdidas totales.
Los hechos fueron calificados como amenazas simples, violación de domicilio, daños e incendio doloso con peligro común para los bienes, todos en concurso real y en calidad de autor, en el marco de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Al homologar el acuerdo de juicio abreviado, el juez Gustavo Castro condenó a Huenuil a tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, deberá indemnizar a la víctima con cinco millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados y afrontar las costas del proceso judicial.
