La madre del menor fallecido enfrenta cargos por abandono de persona agravado, mientras su defensa solicita que sea considerada homicidio culposo.
La mañana de este viernes se desarrolló la audiencia preliminar en la causa que investiga la muerte de un niño de tres años ocurrida durante un incendio registrado el 26 de julio de 2024 en Comodoro Rivadavia. La imputada, identificada como A. F. P., enfrenta cargos por “abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo”, una figura penal que contempla una elevada expectativa de pena.
Durante la audiencia, la fiscal Andrea Rubio sostuvo la acusación pública y detalló parte de la prueba que será presentada en un futuro juicio. Según expuso, aquella madrugada, cerca de las 3:11, la mujer dejó solo a su hijo dentro del departamento y cerró la puerta con llave antes de retirarse del lugar.
De acuerdo con la reconstrucción realizada por la fiscalía, mientras el niño permanecía sobre un sillón dentro de la vivienda se inició un foco ígneo. Vecinos del sector advirtieron la presencia de humo e intentaron ingresar para rescatarlo, aunque no lograron hacerlo de inmediato debido a que la puerta estaba cerrada. Cuando finalmente consiguieron entrar al departamento, el menor ya había fallecido.
Rubio sostuvo que la conducta de la imputada encuadra en el delito de “abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo”, previsto en los artículos 106 y 107 del Código Penal. Además, remarcó que, por la gravedad de la acusación y la expectativa de pena, el caso debería ser juzgado mediante un tribunal de jurados populares. “La imputada asumió el riesgo de dejarlo solo al menor”, argumentó la representante del Ministerio Público Fiscal durante la exposición.
Por su parte, el defensor particular Mauro Fonteñez aseguró que no discute la gravedad del hecho ni el desenlace fatal, aunque cuestionó la forma en que está redactada la acusación. El abogado sostuvo que el hecho debe describirse “de manera precisa” para garantizar correctamente el derecho de defensa de su asistida. En ese sentido, remarcó el “contexto de extrema vulnerabilidad emocional” en el que, según afirmó, se encontraba la imputada al momento del episodio. Asimismo, planteó que la mujer habría actuado bajo una “equivocada confianza” de que el niño permanecería dormido mientras ella se ausentaba del departamento.
Con esos argumentos, la defensa postuló una calificación jurídica alternativa y solicitó que el hecho sea considerado como un caso de “homicidio culposo”, una figura con penas considerablemente menores a las previstas para el abandono de persona agravado.
Tras escuchar a ambas partes, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió disponer un cuarto intermedio. La magistrada solicitó que la fiscalía rectifique parcialmente la descripción del hecho antes de continuar con la audiencia preliminar. Una vez realizada esa modificación, el proceso continuará con el tratamiento de las pruebas y los planteos pendientes de cara al futuro juicio.
Con información del Ministerio Público Fiscal, editada y redactada por un periodista de ADNSUR.
