La Justicia rechazó un recurso de ANSES y ordenó restituir la pensión a Cristina Fernández

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La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso extraordinario de la ANSES y confirmó la medida cautelar que ordena restablecer la pensión de la ex presidenta, mientras se espera una resolución de la Corte Suprema.

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso extraordinario presentado por la ANSES y dejó firme la medida cautelar que ordena restituir la pensión de privilegio a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. La decisión judicial implica que el beneficio deberá volver a ser abonado, al menos hasta que exista una definición de fondo sobre la cuestión.

El fallo fue confirmado por el Ministerio de Capital Humano, que a través de un comunicado oficial informó que avanzará con un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De esta manera, el Gobierno busca que el máximo tribunal revise la decisión adoptada por la Cámara en el marco de la disputa judicial en curso.

El conflicto se originó a fines de 2024, cuando la ANSES resolvió, mediante una disposición administrativa, dar de baja dos prestaciones que percibía la ex mandataria: la pensión como viuda del ex presidente Néstor Kirchner y la jubilación correspondiente a su desempeño como jefa de Estado. La medida se adoptó tras la confirmación de la condena en la causa Vialidad.

Frente a esa decisión, la defensa de Cristina Kirchner presentó un recurso judicial que derivó en una medida cautelar favorable. En ese contexto, la Cámara ya había intervenido previamente para suspender los efectos de la resolución administrativa y ordenar la restitución del beneficio previsional, al considerar que la ANSES no podía eliminarlo de manera definitiva.

En su argumentación, el organismo previsional había sostenido que la baja se ajustaba a derecho, al considerar que la condena judicial implicaba una inhabilitación que impedía el cobro de ese tipo de prestaciones. Además, cuestionó el criterio del tribunal al señalar que no existía un “derecho alimentario afectado” y que la resolución judicial incurría en una aplicación errónea de la normativa vigente.

Sin embargo, los jueces de la Cámara ratificaron su postura y rechazaron el recurso extraordinario, lo que dejó firme la cautelar. En ese sentido, el tribunal consideró que la ANSES no tenía facultades para dar de baja el beneficio de la pensión, sino que en todo caso podía disponer su suspensión en determinadas circunstancias.

Al mismo tiempo, la resolución judicial introdujo una diferenciación clave entre las prestaciones. Mientras ordenó restituir la pensión como viuda de Néstor Kirchner, avaló la suspensión de la jubilación correspondiente al cargo de presidente, al entender que la condena judicial sí habilita esa medida en ese caso puntual.

De esta manera, el expediente continúa abierto y ahora será la Corte Suprema la que deberá definir si interviene o no en el caso. Hasta tanto se resuelva esa instancia, la pensión de privilegio deberá ser abonada nuevamente, en el marco de una disputa que combina aspectos jurídicos, políticos y previsionales.

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