Rechazan el pedido de libertad para Andrés González

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La defensa solicitó el levantamiento de la medida al considerar que la víctima fue dada de alta médica.

Durante la mañana de este lunes, en los tribunales penales del barrio Roca, se desarrolló una audiencia de revisión de la prisión preventiva que cumple Andrés Oscar González, imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa. La instancia fue solicitada por la defensa particular del acusado.

El defensor Gustavo Chocobar pidió el levantamiento de la medida de coerción al argumentar que la víctima ya fue dada de alta médica y que, en consecuencia, no se reúnen los requisitos legales para mantener la prisión preventiva. En ese sentido, sostuvo que el peligro de vida de la víctima “ha perdido vigencia” y que la continuidad de la detención preventiva constituye “un adelantamiento de pena”. De manera subsidiaria, solicitó la aplicación de medidas sustitutivas.

Por su parte, el fiscal Franco Tavano solicitó el rechazo del planteo defensivo y requirió que se mantuviera la prisión preventiva hasta el próximo 20 de febrero de 2026. Si bien reconoció que la víctima fue externada, remarcó que la imputación es por tentativa de homicidio y que persisten los peligros procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación. En ese marco, destacó la gravedad del hecho, señalando que el imputado habría efectuado varios disparos con un arma de fuego, uno de ellos dirigido al rostro de la víctima, otro contra un perro y un tercero por la espalda. Asimismo, indicó que, en caso de recaer condena, la pena en expectativa supera los cinco años de cumplimiento efectivo.

Finalmente, el juez penal Ariel Tedesco resolvió rechazar la morigeración solicitada y prorrogar la prisión preventiva de González hasta el 20 de febrero de 2026, conforme a lo requerido por el Ministerio Público Fiscal. El magistrado sostuvo que el alta médica de la víctima no modifica la calificación legal del hecho ni la valoración de su gravedad, y aclaró que la medida de coerción se funda en la existencia de riesgos procesales y no constituye un adelantamiento de pena.

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