ARCA actualizó Bienes Personales: cuál es el mínimo no imponible en 2025?

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De acuerdo con el paquete fiscal aprobado en 2024 el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales pasó a ser $100 millones, mientras que deducción especial por vivienda familiar pasó de $56 millones a $350 millones, según figura en la web de ARCA. Hay que recordar que este año entró en vigencia el Régimen Especial de Ingreso Anticipado de Bienes Personales (REIBP) por lo que muchos contribuyentes anticiparán los vencimientos de 5 años.

Se aplicará una alícuota que irá desde el 0,5% al 1,25%. La primera se aplicará cuando se superen los valores previamente mencionados, pero no se superen los $13.688.704,13.

La segunda alícuota va para patrimonios que superen los montos no imponibles desde $13.688.704,13, pero por debajo de $29.658.858,97. En este caso, se abonará una cuota fija de $68.443,52 y un 0,75% sobre el excedente de $13.688.704,13.

La tercera alícuota es para patrimonios por encima del MNI en $29.658.858,97 y debajo de $82.132.224,82. Abonan una cuota fija de $188.219,68 y el 1% del excedente de $29.658.858,97.

La última alícuota se aplica a patrimonios que alcance el mínimo no imponible y lo superen en al menos $82.132.224,82. En estos casos, pagan 712.953,34 más el 1,25% sobre el excedente de $82.132.224,82.

En el caso de los próximos períodos, habrá importantes modificaciones. En 2025, las tasas serán del 0,5%, 0,75% y 1% respectivamente. En 2026, se reduce a 0,5% y 0,75%, mientras que en 2027 solo será del 0,5%.

En cuanto a los contribuyentes que opten por el REIBP se encontrarán excluidos de toda obligación referida al Impuesto sobre los Bienes Personales. También no estarán obligados a pagar cualquier otro impuesto nacional que se aplique sobre el patrimonio y se cree para los períodos fiscales entre 2023 y 2027. En pocas palabras, no deberán presentar declaraciones juradas ni abonar el tributo.

El impuesto a los Bienes Personales abarca una amplia cantidad de activos, tanto dentro del país como en el extranjero. En este sentido, se incluye a los inmuebles ubicados en Argentina y en el exterior, junto con los derechos reales constituidos sobre bienes situados en ambas jurisdicciones.

También se encuentran gravadas las naves y aeronaves con matrícula nacional o extranjera, así como los vehículos automotores registrados en el país y fuera de él.

Los bienes muebles registrados dentro de Argentina son considerados en el impuesto, al igual que aquellos incorporados dentro de hogares y residencias temporarias, siempre que estas se encuentren en territorio nacional.

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