Denuncian un nuevo plan de «entrega» de YPF

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El economista y docente Horacio Rovelli dio pormenores de la maniobra que se realiza para que quienes reclaman acreencias sobre YPF accedan finalmente a las mismas.

“Se trata de grupos poderosos, económicos, que a partir de un fallo de una jueza municipal de Nueva York, instigado por Larry Fink, director del grupo BlackRock, van a cobrar la deuda con petróleo, uranio, litio; es decir con nuestros recursos naturales”, sostuvo Rovelli en Radio Gráfica.

Fink es la cara visible más importante de los “fondos buitre” que accedieron a la acreencia sobre la operadora cuyo patrimonio mayoritario continúa siendo del Estado.

COMO EMPEZO EL JUICIO

La familia Eskenazi, a través de las empresas Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, poseía acciones por el 25% de YPF, compradas a la petrolera española Repsol en dos operaciones, una a fines del año 2007 y la otra en el año 2011. Adquirieron las acciones a través de préstamos de bancos internacionales y se comprometieron a pagar con el giro de dividendos de sus acciones en la empresa petrolera (acción aprobada por Acta del Directorio de YPF S. A. de esa época).

Según la familia Eskenazi, el pago de los créditos adeudados por el grupo Petersen-Eskenazi se vio interrumpido con la estatización del 51% de las acciones de YPF porque la nueva administración de la compañía prohibió el giro de dividendos, lo que provocó la quiebra del grupo y no pudieron afrontar sus deudas con los bancos extranjeros.

La quiebra de las dos compañías del grupo Petersen-Eskenazi recayó en el Juzgado Mercantil 3 de Madrid, que designó a un síndico y subastó el derecho a litigar. Quien compró esa posibilidad fue el estudio jurídico Burford Capital, “ya conocido en nuestro país porque también intervino, con la misma lógica, en el caso de Marsans, la antigua propietaria de Aerolíneas Argentinas. Burford le pidió a la jueza Preska que pasen a su nombre las acciones que tiene el Estado argentino”.

LOS ARGUMENTOS

La demanda principal de Burford Capital se sostiene en que, según el artículo 7° del Estatuto de YPF S. A. (con los que se presentó en los mercados de capitales de Nueva York y de Buenos Aires a vender sus acciones), si alguien compraba más del 15% de la empresa, debería ofrecer lo mismo a todos los accionistas y no sólo a Repsol. Y alegó perjuicio porque, tras entrar en la compañía, el Estado decidió suspender el giro de dividendos que había sido acordado entre Repsol y el grupo Petersen, lo que desencadenó que las empresas de los Eskenazi entraran en default al no poder pagar sus deudas, “como si el acuerdo de Repsol y Eskenazi no pudiera ser modificado por un nuevo directorio, constituido por la compra del 51% de las acciones por el Estado argentino”.

Burford Capital eligió para realizar el litigio el juzgado del Distrito Sur de Manhattan (Estados Unidos), que fuera presidido por el juez Thomas Griesa hasta su muerte en diciembre de 2017 y reemplazado por la jueza Loretta Preska.

Esta fue quien determinó que la República Argentina ejerció control indirecto sobre el número requerido de acciones de Repsol el 16 de abril de 2012, activando así sus obligaciones de oferta pública de adquisición, por lo que el 31 de mayo de 2023 culpó al Estado argentino, pero eximió de responsabilidades a YPF.

El 16 de septiembre de 2023, después de un proceso en que se analizó el monto de la indemnización la magistrada confirmó que la Argentina debería pagar la suma de 16.099 millones de dólares más intereses (que es el valor presente del total de las acciones de YPF S. A.).

En febrero de 2024 (con la firma de Rodolfo Barra), el Estado argentino presentó en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York el primer escrito con los argumentos para que los jueces de segunda instancia revisaran la sentencia de Preska; dicha Corte, a enero de 2025, no se expidió.

DEMASIADA MANSEDUMBRE

“Hay varios errores. Desde no contemplar lo que decía el estatuto de YPF S. A. hasta aceptar mansamente ser juzgados por un distrito municipal como es el Distrito Sur de Manhattan. Además, el gobierno argentino no inició juicio ni en el país ni en el extranjero contra el grupo Eskenazi, claramente favorecido por la venta del litigio por 16 millones de dólares a Burford Capital, estudio que, de cobrar la demanda, lo resarciría con un 30% de esta, cuando su proceder ha sido contra la Nación argentina”, sostuvo Rovelli.

“Existe un principio jurídico que manifiesta que un Estado no puede ser enjuiciado por tribunales extranjeros, salvo que expresamente lo acepte; se trata del exequatur, que es el conjunto de reglas conforme a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado reúne o no los requisitos que permiten reconocimiento u homologación”, añadió.

DEL ESTUDIO BIANCHI A LA PROCURADURIA

En defensa de la posición del Estado argentino, en su momento Santiago Pérez Teruel, abogado del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, sostuvo que la ley 26.741 de declarar de utilidad pública a YPF S. A. se basó en la Constitución de la Nación Argentina, que es superior al estatuto privado de la empresa y lo que correspondía hacer era el proceso constitucional vigente de expropiación.

“Esa decisión se tomó porque había un interés público comprometido que, en este caso, era el control de una empresa que es clave para el desarrollo estratégico del país. Los tratados internacionales, el principio de exequatur y el valioso antecedente de la Corte Suprema ante el dictamen de la Procuración General del Tesoro de Alejandra Gils Carbó, del 5 de abril de 2013, avalan no aceptar el fallo de la jueza Loretta Preska, que es el camino que luego siguió Bernardo Saravia Frías, durante el gobierno de Macri, y estaba transitando el procurador Rodolfo Barra”, añadió Rovelli.

“La pregunta es por qué el gobierno de Milei decide pedirle la renuncia a Rodolfo Barra. ¿Cuál es el interés de este gobierno de pagar un juicio absurdo? ¿Pretende con ello congraciarse con quién?”, apuntó el economista.

La maniobra se completaría con la participación del nuevo Procurador del Tesoro, Santiago Castro Videla, quien proviene del estudio Bianchi, Galarce & Castro Videla que colaboró con un bufete de abogados norteamericanos que llevó el juicio en Nueva York ante la jueza Loretta Preska.

Burford presentó al constitucionalista Alberto Bianchi -el socio de Castro Videla- y a los juristas Alejandro Garro y Alfredo Rovira para que explicaran el sistema judicial argentino y el rol de YPF en la estructura del estado.

Fuente: Nodal

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